PLAZOS DE PRESCRIPCIÓN DE TRIBUTOS
PLAZOS | Art. 43 del Código Tributario |
A los 4 años | Cuando el contribuyente presentó la declaración jurada |
En compensaciones y devoluciones | |
A los 6 años | Cuando el contribuyente NO presentó la declaración jurada |
A los 10 años | Tributos retenidos y percibidos NO pagados |
FECHA INICIO DE CÓMPUTO | APLICABLE A: |
Desde el 1 de enero del año siguiente del vencimiento de la Declaración Jurada Anual. | Tributos de periodicidad anual. |
Desde el 1 de enero del año siguiente. | Tributos de periodicidad mensual. |
Desde el 1 de enero del año siguiente. | Tributos de realización inmediata. |
Desde el 1 de enero del año siguiente. | Cometió la infracción, o se detectó. |
Desde el 1 de enero del año siguiente. | Compensación o devolución de pagos indebidos o en exceso. |
Desde el 1 de enero del año siguiente. | Devolución de crédito. |
CASOS DE PRESCRIPCIÓN DE TRIBUTOS DE PERIODICIDAD ANUAL
1.- La empresa Grupseld ha presentado su declaración anual del ejercicio 2023 , cuales plazos de vencimiento es entre mayo a junio del año 2024 y el cómputo de la prescripción será: Desde el 01 de enero de 2025 hasta el 01 de enero de 2029.
2.- La empresa Grupseld no ha presentado su declaración anual del ejercicio 2023 , cuales plazos de vencimiento es entre mayo a junio del año 2024 y el cómputo de la prescripción será: Desde el 01 de enero de 2025 hasta el 01 de enero de 2031.
CASOS DE PRESCRIPCIÓN DE TRIBUTOS DE PERIODICIDAD MENSUAL
1.- La empresa Grupseld ha presentado su declaración mensual del formulario virtual N° 621 – IGV Renta Mensual del periodo Diciembre 2023, su fecha de vencimiento es en enero 2024. El cómputo de la prescripción será: Desde el 01 de enero de 2025 hasta el 01 de enero de 2029.
2.- La empresa Grupseld ha presentado su declaración mensual del formulario virtual N° 621 – IGV Renta Mensual del periodo Octubre 2023, su fecha de vencimiento es en Noviembre 2023. El cómputo de la prescripción será: Desde el 01 de enero de 2024 hasta el 01 de enero de 2028.